Abogados de desalojo y acción de apropiación ilícita en Bonsall, CA
(99 resultados)350 Tenth Ave, Suite 1200, San Diego, CA 92101
3111 Camino Del Rio North, Suite 400, San Diego, CA 92108
225 Broadway, Suite 1400, San Diego, CA 92101
402 West Broadway, Suite 400, San Diego, CA 92101
12830 El Camino Real, Suite 350, San Diego, CA 92130
1320 Columbia Street, Suite 210, San Diego, CA 92101
600 W Broadway, Suite 900, San Diego, CA 92101
750 B Street, Suite 2200, San Diego, CA 92101
501 W. Broadway, Suite 1100, San Diego, CA 92101
401 West A Street, Suite 2600, San Diego, CA 92101
Información de desalojo y acción de apropiación ilícita en Bonsall
Desalojo y Acción de Apropiación Ilícita
Para desalojar a inquilinos, el dueño de la propiedad debe de levantar una acción de apropiación ilícita con la corta que documenta una razón legítima para el desalojo, como el no pago de renta, fallar de desocupar después de un aviso apropiado, o la violación del inquilino por un acuerdo de no drogas o perjuicio.
¿Necesito a un Abogado especializado en Desalojo y en Acción de Apropiación Ilícita?
Si usted cree que ha sido desalojado de su propiedad rentada sin razón suficiente, es en su mejor interés consultar inmediatamente a un abogado de Bonsall especializado en desalojo y acción de apropiación ilícita para proteger sus derechos y responder al arrendador en un periodo corto específico de tiempo. El abogado puede explicar la ley y determinar si el arrendatario está actuando inapropiadamente.
¿Buscando a un abogado de Desalojo Y Acción De Apropiación Ilícita en Bonsall, CA?
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¿Cuánto cuesta un abogado de desalojo y acción de apropiación ilícita?
El costo de un abogado depende de cada caso y de los honorarios que cada profesional fije. Algunos profesionales cobran una tarifa fija, por hora (varía entre $180 y $500) o por contingencia, es decir un porcentaje del monto que ganen para usted (entre 30 y 40%).
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.