Las visas de inversionista no inmigrante

Las Visas de Inversionista No Inmigrante son también conocidas como visas para los comerciantes por tratado (la visa E-1) y los inversionistas por tratado (la visa E-2). Estas visas son para los ciudadanos de países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación y que vienen a los Estados Unidos para llevar a cabo un intercambio comercial sustancial. Esto puede incluir los servicios de comercio o tecnología, principalmente entre los EE.UU. y el país del tratado, o para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la que la persona ha invertido, o está en proceso de invertir una cantidad sustancial de capital. Si bien estas visas no llegan directamente a la residencia permanente, permiten que el comerciante o inversionista pueda vivir y trabajar dentro de los Estados Unidos y traer a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años con ellos. El comerciante o inversionista en general puede recibir la visa por un período de 2 a 5 años y la puede renovar siempre y cuando el negocio se encuentre en actividad y cumpla con los estándares de un negocio sostenible. Recibir cualquier clase de visa a través de una inversión es un proceso complicado y debe ser manejado por un abogado de inmigración calificado.