Es a la vez legalmente prohibida, y una imposibilidad lógica, la suspensión de los privilegios de conducir que ya han sido administrativamente revocados por el ADLRO. Sin embargo, todavía es muy común que los jueces ordenen que su licencia “… sea suspendida por 90 días, en forma concurrente con cualquier período de revocación administrativa.” Una suspensión de la licencia por un primera infracción siempre implica 30 días de inhabilitación absoluta. Durante el período de 30 días no se puede conducir, en cualquier lugar, ni por cualquier razón. Sin embargo, cuando un permiso de conducir condicional se es concedido correctamente, por 60 de los 90 días, se le permitirá manejar:
(1) para ir y volver del trabajo, o
(2) ir y volver del trabajo y por motivos relacionados con el trabajo.
El permiso condicional también puede permitirle manejar hacia y desde las clases de educación que sean ordenadas por el tribunal, y desde y hacia cualquier clase de educación para conducir ordenada por el tribunal por el abuso del alcohol o para asesoramiento. Sin embargo, no es bueno recibir un permiso condicional como parte de una condena penal, a menos que ya haya perdido su caso ADLRO, o se otorguen similares privilegios condicionales para conducir por el ADLRO.
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