Un miembro de servicio cubierto es un miembro de las fuerzas armadas, incluyendo la Guardia Nacional y reservas, que está recibiendo tratamiento médico, está recuperándose, o está recibiendo tratamiento para una enfermedad grave o lesión que se produjo mientras se encontraba en servicio activo. Los miembros retirados o con discapacidades permanentes no son miembros del servicio cubierto para los efectos de la NDAA.
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