Usted debe estar empleado por un empleador cubierto, debe trabajar por lo menos 1,250 horas en los 12 meses previos a su abandono, debe trabajar a o dentro de 75 millas de un lugar donde trabajen por lo menos 50 empleados, y debe haber estado empleado por lo menos 12 meses a fin de cualificar para el abandono de la FMLA. Sin embargo, sus 12 meses no necesitan ser consecutivos, aunque los períodos de empleo que hayan ocurrido hace 7 o más años no cuentan, a menos que los períodos se hayan debido a obligaciones de carácter militar o a los términos de un convenio escrito, tal como una negociación colectiva.
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