En general, un arrendador puede escoger a sus inquilinos libremente con base en un criterio mercantil, tal como el historial crediticio del inquilino en prospecto, ingresos, y referencias. Al hacerlo así, un arrendador debe ser consistente con su criterio para rentar la propiedad. El arrendador no puede discriminar o seleccionar a un inquilino con base en otros factores tales como su raza, color, edad, religión, nacionalidad de origen, género, incapacidad, o estado familiar. Algunos Estados también hacen extensivas estas protecciones al estado marital y a la orientación sexual.
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