Usted puede entrar a los US a través de PuertosdeEntrada 300 (POE). Un POE es cualquier estación: tierra, aire o agua, a través de la cual una persona puede entrar a los US. Los funcionarios de Migración inspeccionan a todas las personas que entran a los US por un puertodeentrada.
En el puerto de entrada un funcionario debe autorizar la admisión del visitante a los U.S. En ese momento se sella la Forma I94, Registro de Llegada o Salida, que indica el tiempo de estancia permitido. Aquellos visitantes que deseen permanecer más allá del tiempo indicado en la Forma I94 deben comunicarse con el USCIS para solicitar la Forma I539, Solicitud de Ampliación del Status. La decisión que otorga o niega una solicitud de extensión de la estancia solamente la toma el USCIS.
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