Sí, pero deben deducir solamente aquellos pagos hechos durante los primeros 60 meses en que se requiere efectuar los pagos del interés en un préstamo. Si los pagos del interés por un préstamo estudiantil fueron requeridos antes del 1 de enero de 1998, los meses en los que dichos pagos se requirieron cuentan contra el límite de tiempo de 60 meses que se exige para dicho préstamo. El período de 60 meses puede correr en diferentes momentos para diferentes préstamos.
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