Su reclamación está sujeta a uno o más de los plazos establecidos en los Estatutos de Plazos estatal o federal. Estos son los ordenamientos que limitan el tiempo en que debe presentar una demanda, y que varían de la ley de un Estado a otro, y entre leyes estatales y federales. Si su reclamación aun no está resuelta, o no se ha presentado una demanda en su nombre dentro de los plazos establecidos por el Estatuto, se le dejará de otorgar cualquier compensación económica o de otro tipo, sin importar la gravedad de su lesión o qué tan fuerte sea su reclamación. Los Ordenamientos de Plazos a menudo difieren de forma significativa.
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